Claves del Decreto 112/2010 y cómo cumplirlo
Organizar un evento en Cataluña implica algo más que elegir un recinto, montar un escenario y vender entradas. La normativa autonómica es clara: ciertos eventos deben contar obligatoriamente con controladores de acceso acreditados, en una proporción que garantice la seguridad, el orden público y el cumplimiento de las obligaciones legales.
El marco regulador que debes conocer es el Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad privada de Cataluña. Desde Control Steward, te ayudamos a interpretarlo, aplicarlo y cumplirlo de forma eficiente y sin riesgos.
¿Qué dice el Decreto 112/2010?
Este reglamento regula las funciones, obligaciones y requisitos del personal de control de acceso, y establece los casos en los que es obligatorio contar con ellos. Según el decreto:
- Se requiere personal de control de acceso en espectáculos, actividades recreativas y establecimientos abiertos al público cuando:
- Se accede con entrada o reserva previa.
- Se realiza control de aforo o acceso selectivo.
- Se vende alcohol.
- Se requiere verificar identidad, edad o derechos de entrada.
- Además, el personal debe estar acreditado por la Generalitat, cumplir ciertos requisitos formativos y estar identificado durante todo el servicio.
¿Cuántos controladores necesito?
El Decreto no establece una cifra exacta, pero señala que la cantidad debe ser suficiente y proporcional al aforo, la configuración del espacio y el tipo de actividad. Es obligatorio contar con un número de controladores «adecuado para garantizar la seguridad de las personas«.
En términos prácticos, desde Control Steward recomendamos:
- Hacer una evaluación técnica del evento para definir el número mínimo y óptimo de personal.
- Considerar todos los accesos, zonas sensibles (escenarios, backstage, salidas de emergencia) y horarios de máxima afluencia.
- Incluir supervisores o jefes de equipo en dispositivos de más de 5 personas.
¿Qué sucede si no cumples?
- Sanciones administrativas por incumplimiento del decreto.
- Cancelación o suspensión del evento por parte de las autoridades competentes.
- Riesgos legales en caso de incidentes (agresiones, avalanchas, problemas con menores, etc.).
- Daño reputacional, especialmente si trabajas con entidades públicas o grandes recintos.
¿Cómo te ayuda Control Steward?
Consultoría especializada y personalizada
En Control Steward, te ofrecemos una consultoría especializada que cubre:
- Cálculo técnico del personal de control de acceso necesario según Decreto 112/2010.
- Apoyo en la selección, contratación y validación documental de los controladores de acceso.
- Coordinación operativa y formación express en normativa y gestión de incidencias.
- Diseño de cuadrantes, rutas, puntos de control y coordinación con cuerpos policiales.
Asesoramiento continuo
Ya trabajes como promotor privado, técnico municipal o recinto cultural, externalizar esta parte crítica de la seguridad puede ahorrarte tiempo, dinero y sustos legales. Transformamos la normativa en una oportunidad de mejora operativa y reputacional.
¿Organizas un evento en Cataluña y necesitas cumplir con el Decreto 112/2010?
Confía en Control Steward. Transformamos la normativa en una oportunidad de mejora operativa y reputacional.
Contacta con nuestro equipo experto en normativa de eventos.
Correo electrónico: administracion@controlsteward.com